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Responde nuestro experto en aspectos legales del comercio electrónico, Javier Prenafeta:
Las fotografías son propiedad de la marca, por lo que debe pedirle permiso para utilizarlas. Por otro lado, la comercialización de prendas o accesorios de marcas reconocidas debería hacerse llegando a un acuerdo directo con el proveedor, su agente o distribuidor, pues de lo contrario podrían frenar dicha comercialización si entienden que ésta se realiza fuera de los canales autorizados y perjudica la imagen y prestigio de la marca. -
El Gobierno de Aragón lanzó una subvención para comercio electrónico el año pasado. Lo más probable es que vuelva a salir también este año. Tienes más información en el apartado "Ayudas y subvenciones" de nuestra web satipyme.com.
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El servicio se creó a mediados de 2004. (Roberto)
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La mejor ayuda es asesorarse bien y formarse.
Organizamos talleres, networkings y cursos de formación de usabilidad, posicionamiento en buscadores, analítica web y cualquier tema relacionado con el Comercio Electrónico.
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